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Programas y Beneficios Xunta de Galicia

Becas para estudios universitarios, intercambios universitarios y formación profesional en Galicia 2010-2011

Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

Objeto

Esta resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras de becas para la realización de estudios en cualquier universidad del sistema universitario de Galicia (SUG), de intercambios universitarios o estudios de formación profesional en centros de enseñanza públicos o privados concertados para emigrantes gallegos residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad a través de los siguientes programas:

Programa 1:
Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en cualquiera de las tres universidades de Galicia

Requisitos de los solicitantes:

Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Residencia en el extranjero del/de la solicitante de la beca.

2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en la última convocatoria, el/la solicitante deberá acreditar la residencia de su unidad económica familiar en el extranjero y haber superado el 75% de las materias o créditos en los que estuvo matriculado en el curso anterior para el que se le concedió la ayuda, incluyendo el proyecto fin de carrera. También se considerarán como prórroga de la beca aquellas solicitadas para la continuación de los estudios que hayan dado lugar a una anterior concesión, siempre y cuando se hubiera superado el 75% de los créditos en los que estuvo matriculado en el año de la concesión.

3. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales conducentes a la obtención de un título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico durante el curso que se inicia en el año de la convocatoria, en la universidad de Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. Los beneficiarios de las becas deberán estar matriculados en, como mínimo, 50 créditos, incluido en ellos el proyecto fin de carrera. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior créditos correspondientes a distintas especialidades.

Programa 2:

Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios conducentes a la obtención del título de máster universitario en cualquiera de las tres universidades de Galicia.

Requisitos de los beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.

2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en convocatorias anteriores, el/la solicitante deberá acreditar tener superados el 75% de los créditos en los que estuvo matriculado en el último curso o, en su caso, haber obtenido el título de grado, licenciado, ingeniero o arquitecto.

3. Estar admitido/a en el curso que se inicia en el año de la convocatoria en un programa de curso completo de máster universitario autorizado por la Xunta de Galicia e impartido en alguna de las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. En el caso de solicitar prórroga de la beca no entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior, créditos correspondientes a distintas especialidades.

Programa 3 (Nuevo):

Bases reguladoras para la concesión de becas de intercambio para la realización de enseñanzas universitarias en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tengan firmados convenios con universidades de países extracomunitarios

Requisitos de los beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca en un país extracomunitario.

2. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales a tiempo completo, por un período mínimo de un cuatrimestre (hasta 6 meses), o de un curso académico, en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tenga suscritos convenios de movilidad con las correspondientes universidades de países extracomunitarios. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior créditos correspondientes a distintas especialidades.

3. No ser o haber sido beneficiario de otras ayudas de movilidad convocadas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin.

Programa 4:

Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas.

Requisitos de los beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.

2. Estar matriculado/a en el curso que se inicia en el año de la convocatoria en algún ciclo formativo de grado superior en un centro docente público o centro privado de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de julio de 2010.

Anexos para postular

Ayudas para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario 2009

Publicación de las bases reguladoras de las ayudas para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario para el año 2009.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las siguientes personas:

a) Emigrantes de origen gallego y nacionalidad española residentes en el exterior o descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad.

b) Ciudadanos/as gallegos/as residentes en Galicia que, por razones asistencias o humanitarias tengan que desplazarse junto a sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad que tengan la condición de emigrantes de origen gallego residentes en el exterior.

c) Excepcionalmente, para el caso en que las personas a que se refieren las letras a) y b) de este artículo no puedan valerse por sí mismas para la realización del viaje, podrá ser también beneficiario/a de estas ayudas un acompañante.

Solicitudes

Para poder ser beneficiario/a de estas subvenciones, deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que se incluye como anexo II de esta resolución, que irá acompañada de los documentos que se especifican en el artículo 6 de las bases reguladoras. Este modelo de solicitud podrá obtenerse a través del portal de la Secretaría General de la Emigración en la siguiente dirección de internet (http://www.galiciaaberta. com/).

Lugar y Plazo de presentación

Las solicitudes se presentarán, junto con el resto de la documentación, en la Secretaría General de la Emigración (calle Basquiños 2, 15704 Santiago de Compostela) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (entre los que figuran la Delegación de la Junta de Galicia en Buenos Aires, oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia del solicitante).

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 30 de noviembre de 2009, ambos incluidos.

Resolución

Resolución del 26 de agosto de 2009, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de viajes por razones de interés social, asistencial o humanitario y si procede a su convocatoria para el año 2009.

Convocatoria

DOGA nº 172 del 2 de Septiembre de 2009

Promovido por
Secretaria General de la Emigración

Anexos para postular

Becas para la realización de estudios universitarios y de formación profesional

Resolución de 25 de mayo de 2009, de la Secretaría General de la Emigración de la Xunta de Galicia, por la que se establecen y se regulan los programas de becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios y de formación profesional durante el curso académico 2008-2009.

Objeto
Esta resolución tiene por objeto la convocatoria, de bolsas para estudios universitarios y de formación profesional de grado superior.

Programas

  • Programa 1: becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en cualquiera de las tres universidades de Galicia (nueva adjudicación o prórroga).
  • Programa 2: becas para la realización de estudios de tercer ciclo (etapa de formación) y para la realización de enseñanzas conducentes a la obtención del título de máster universitario en cualquiera de las tres universidades de Galicia (nueva adjudicación o prórroga).
  • Programa 3: becas para la realización de estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas.

Destinatarios
Gallegos y sus descendientes hasta segundo grado, que cumplan los siguientes requisitos:

A.- Nueva adjudicación

Estudios universitarios de primer y segundo ciclo

  • Residencia en el extranjero del solicitante.
  • Estar admitido/a para cursar estos estudios en cualquiera de las tres universidades gallegas
  • Estar matriculado/a en, como mínimo, 50 créditos.

Estudios de tercer ciclo o master

  • Residencia en el extranjero del solicitante.
  • Estar admitido/a en el curso 2008/09 en un programa de tercer ciclo o en un master universitario en cualquiera de las universidades gallegas.

Estudios de Formación Profesional

  • Residencia en el extranjero del solicitante..
  • Estar matriculado/a en algún ciclo formativo de grado superior en un centro público o privado de la Comunidad Autónoma de Galicia que tenga estas enseñanzas concertadas.

B.- Prórroga

  • Estudios universitarios en todas sus modalidades
  • Residencia familiar en el extranjero.
  • Tener superado el 75% de las materias o créditos en los que estuvo matriculado el curso anterior.
  • En el caso de estudios de primer o segundo ciclo, estar matriculado/a en, como mínimo, 50 créditos.

Convocatoria
Diario Oficial de Galicia, del 1 de julio de 2009.
Plazo de presentación Hasta el 1 de agosto de 2009
Tipo de ayuda Económica.

Observaciones

  • Las bolsas tendrán una duración de un curso académico.
  • Las ayudas máximas no podrán superar la cuantía de 7.500 euros.

Contacto
Secretaría General de la Emigración, Servicio de Tramitación de Ayudas a los Centros y Comunidades Gallegas, Teléfonos: 981957353 y 981957162, Fax: 981957179, correo electrónico: entidadesgalegas@xunta.es, www.galiciaaberta.com.

Anexos para postular

Ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior 2009

El programa “Ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior” para el año 2009, tiene como objeto la concesión de ayudas económicas, directas, individuales y de carácter social, dirigidas a los emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego, y a determinados familiares, residentes en el extranjero, que se encuentren en situación de precariedad económica. Están destinadas a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria.

Resolución: 4 de marzo de 2009 (DOG del 10 de marzo de 2009), de la Secretaría General de Emigración, por la que se establece y se regula el programa de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2009.

Destinatarios:

* Los emigrantes de origen gallego residentes en el exterior y sus descendientes hasta el 2º grado de consanguinidad, que tengan la condición de gallego. La forma de acreditar esta condición se señala en el artículo 16º.

* En el caso de fallecimiento de la persona indicada en el punto anterior, podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en el artículo 6º de esta convocatoria, el cónyuge viudo, la pareja de hecho o relación análoga y los hijos, que dependían económicamente del fallecido, si no transcurrieron dos años desde el fallecimiento.

* El cónyuge viudo o persona con que mantuviera una unión de hecho o relación análoga, padre, madre o huérfanos de emigrantes que cumpliendo los requisitos del punto 2.1 de la resolución hayan desaparecido o fallecido como consecuencia de la represión política realizada por las dictaduras militares en Argentina, Chile y Uruguay.

* Los cónyuges viudos o persona con que mantuvieran una relación de afectividad, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el segundo grado, de emigrantes que, cumpliendo los requisitos del punto 2º.1 de la resolución, obtuvieran la declaración de reparación y reconocimiento personal establecida en el artículo 4 de la Ley 52/2007, del 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quien padeció persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Tipos de ayudas a conceder:

* Ayudas por situación de dependencia, o enfermedad grave del solicitante.

* Ayudas por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar.

* Ayudas por invalidez o enfermedad permanente.

* Ayudas para la cobertura de medicinas y tratamientos de enfermedades crónicas o graves, cuándo tengan un coste elevado.

* Ayudas para paliar una situación de paro.

* Ayudas por hechos extraordinarios de carácter puntual.

* Ayudas por encontrarse la unidad familiar en situación de precariedad. Este supuesto sólo será de aplicación en aquellos países con los que el estado español no haya firmado convenios en materia de seguridad social.

* Ayudas para mujeres que sufran violencia de género.

Convocatoria: Diario Oficial de Galicia nº 48, del 10 de marzo de 2009

Promovido por: Secretaría General de Emigración

Plazo de presentación: Hasta el 30 de abril de 2009, excepto las correspondientes al artículo 11º (ayudas por hechos extraordinarios de carácter puntual), que podrán presentarse hasta el 30 de noviembre del 2009, quedando condicionada su concesión a la existencia de crédito.

Contacto:

Secretaría General de Emigración

Servicio de Acción Social

Teléfonos: 981 545877 – 981 545880

Fax: 981 957055

Correo electrónico: accion.social.emigracion@xunta.es

Programa de Viajes para Emigrantes – Volver a Casa

El programa Volver a casa orientado a promover el contacto de los gallegos residentes en el exterior con su tierra y con sus familiares, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.

Características

La Secretaría General de Emigración se hará cargo, con carácter general, del 60% del coste del viaje a Galicia. Se hará cargo del 80% en aquellos países en los que la base de cálculo de la pensión asistencial por ancianidad en el 2009 no supere los 2.300 € anuales.

La condición de beneficiario de este programa quedará supeditada al compromiso de acogida de los familiares del solicitante residentes en Galicia y al pago, del porcentaje correspondiente del pasaje de avión. Los participantes podrán permanecer con sus familiares en Galicia hasta completar un período máximo de tres meses, siendo por su cuenta todos los gastos de alojamiento, manutención y cualquier otro derivados de su estancia en Galicia.

Resolución

Resolución de 03 de marzo de 2009 (BOE de 09/03/09), de la Secretaría General de Emigración, por la que convocan y se regulan las ayudas correspondientes al programa Volver a casa para residentes en el exterior durante el año 2009.

Destinatarios

Podrán ser solicitantes de este programa aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser emigrante gallego
  • Tener la nacionalidad española
  • Residir en América
  • Tener cincuenta y cinco o más años de edad contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
  • No haber participado en los últimos cinco años naturales en programas de viajes a Galicia de esta secretaría general
  • Ser válido por si mismo y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y estar en condiciones de realizar un viaje de larga duración
  • Tener familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad con los que puedan residir durante su estancia en Galicia
  • Tener ingresos inferiores a tres veces el importe de las pensiones asistenciales por ancianidad del Estado español fijado en 2008 para el país de residencia
  • Podrán ser beneficiarios las personas unidas por matrimonio, unión de hecho o relación análoga a los solicitantes del programa.
  • También podrán ser solicitantes los hijos de emigrantes gallegos que tengan la condición de gallego y cumplan los requisitos anteriores.

Plazas: 241

Fecha de realización: Entre el 20 y el 24 de Junio

Convocatoria: Diario Oficial de Galicia (9/3/2009)

Plazo: Hasta el 13 de Abril

Promovido por: Secretaría General de Emigración

Lugar de presentación de solicitudes:

Secretaría Xeral de Emigración:
Servizo de Atención Social aos Emigrantes
Teléfonos: 981.545.880 – 981.545.547.269
Fax: 981.957.055
e-mail:

accion.social.emigracion@xunta.es

Resolución del 3 de marzo de 2009, de la Secretaría General de Emigración, por la que convocan y se regulan las ayudas correspondientes al programa Volver a casa para residentes en el exterior durante el año 2009.

Anexos

Programa de actividades de campamentos y campos de trabajo 2009

  • Programa al que pertence:

Actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a chicos y chicas de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.

La Secretaría General de Emigración tiene como uno de sus objectivos promover la participación de la colectividad gallega en el exterior en nuestra vida cultural y social, el desarrollo de actividades culturales, de acciones solidarias y tiempo libre dirigidas a la juventud del exterior, así como el fomento de la participación de los chicos y chicas descendientes de gallegos en los programas y servicios a favor de la juventud.

  • Resolución:

Resolución de 19 de diciembre de 2008, de la Secretaría General de Emigración, por la que se convoca y se regula para el año 2009 el programa de ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a chicos y chicas de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.

  • Modalidades Actividades de campamento (336 plazas):

En el turno del 1 al 12 de julio tiene lugar la actividad Galicia: verde y azul, que busca proporcionar a los chicos y chicas de fuera de Galicia un mejor conocimiento de nuestra tierra, residirán los participantes -con edades comprendidas entre los 14 y los 17 años en dos instalaciones: seis días en la zona de interior (en el Camp. Xuv. Os Chacotes Palas de Rei (Lugo)) y seis días en la zona de costa (en el Albergue Juvenil de Gandarío-Bergondo (A Coruña)), permaneciendo en tiendas de campaña en el primer caso y en un albergue, en habitaciones compartidas, en el segundo.

En el turno, del 17 al 28 de julio, tienen lugar las Rutas conoce Galicia, a través de una actividad de campamento itinerante, residiendo los participantes -con edades comprendidas entre los 14 y los 22 años- en tres instalaciones de tipo albergue o residencia juvenil (en habitaciones compartidas) con una permanencia de unos 4 días en cada una de ellas.

Complemento de las actividades son las prácticas deportivas variadas acordes con la instalación en que se encuentren residiendo y actividades culturales para el conocimiento de la realidad social de Galicia Campos de trabajo (28 plazas):

Participantes con edades comprendidas entre los 18 y los 30 años, en modalidades tales como: arqueología/social, ambiental y cultural-etnográfico. Se trata de actividades de colaboración desinteresada y voluntaria en trabajos diversos en la búsqueda de un mayor conocimiento de nuestra cultura, de la mejora ambiental de nuestro contorno y de la recuperación del patrimonio cultural y arquitectónico.Además del trabajo, se ofrece un programa con actividades de convivencia, de animación, de ocio y tiempo libre.

  • Destinatarios: Chicos y chicas de origen gallega o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.
  • Requisitos de los beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de este programa los chicos y chicas que, cumplan los siguientes requisitos (acreditados suficientemente con la documentación que acompaña a la solicitud de participación):

* Tener residencia habitual fuera de Galicia.
* Haber nacido en Galicia o ser descendiente de gallego hasta el segundo grado de consanguinidad.
* Tener nacionalidad española.
* Encontrarse vinculado con cualquier ayuntamiento gallego en el censo electoral de residentes ausentes, para aquellos solicitantes que tengan 18 o más años a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
* Tener una edad entre 14 y 22 años, a 30 de junio de 2009, para los participantes en actividades de campamento.
* Tener una edad entre 18 y 30 años, a 30 de junio de 2009, para los participantes en campos de trabajo.
* En el caso de los solicitantes de actividades de campamento, no haber participado en ediciones anteriores en esta modalidad.
* En el caso de solicitantes de campos de trabajo no haber participado en ediciones anteriores en la modalidad de campos de trabajo.
* No contar la unidad económica familiar con ingresos superiores, en renta per cápita, a 2.5 veces el salario mínimo interprofesional o equivalente, de referencia para 2009, del país de residencia del solicitante.

  • Plazas: 336 plazas en actividades de campamento y 28 en campos de trabajo.

Fechas de celebración :

  • Actividades de campamento:

* del 1 al 12 de julio
* del 17 al 28 de julio

  • Campos de trabajo:

* del 2 al 13 de julio
* del 16 al 30 de julio
* del 16 al 27 de julio
* del 17 al 28 de julio
* del 1 al 15 de agosto
* del 3 al 14 de agosto

  • Convocatoria: D.O.G. (Diario Oficial de Galicia) Nº 2 , 5 de enero de 2009
  • Promovido por: Secretaría General de Emigración con la colaboración de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar de la Xunta de Galicia a través de su Dirección General de Juventud y Solidariedad Año 2009.
  • Plazo de presentación: hasta el 28 de febrero (PLAZO CERRADO)
  • Lugar de presentación: Secretaría General de Emigración o en cualquiera de los lugares previstos en el articulo 38.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre.
  • Tipo de ayuda:

Los participantes procedentes de España percibirán una ayuda de coste para el viaje a Galicia por importe máximo de doscientos veinticinco euros (225 €), por el gasto realizado en un medio de transporte público y siempre en clase turista. En el caso excepcional de utilizar un vehículo particular la cuantía a indemnizar será de 0,19 euros por kilómetro, hasta el máximo previsto. (De todos estos gastos los participantes deberán aportar la documentación justificativa, haciéndose cargo de estas ayudas la Secretaría General de Emigración.)

Para los participantes del resto de los países, la financiación del 100% del coste de los billetes de transporte desde su lugar de origen hasta el aeropuerto de destino en Galicia, así como los medios de desplazamiento de los beneficiarios con retorno inmediato desde la instalación en la que finalizan la actividad hasta el aeropuerto de salida.

El alojamiento y manutención es gratuito, corriendo a cargo de la Dirección General de Juventud y Solidariedad (Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar).

Contacto:

* Entidades colaboradoras habilitadas
* Secretaría Xeral de Emigración:
Servizo de Acción Socio-Cultural
Teléfonos: 981545837 – 981547277 – 981547278
Fax: 981547295 – 981957055
e-mail: accion.cultural.em.sc@xunta.es.

Cobertura sanitaria: Los participantes gozarán durante su estancia en Galicia (no aplicable en el resto de España) de asistencia sanitaria de urgencias, durante un período máximo de 3 meses.

Anexos